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Cómo se hace una ley en México: el proceso legislativo

El proceso legislativo es el conjunto de etapas por las que un proyecto se convierte en ley en México: iniciativa, dictamen, discusión, votación en ambas cámaras y promulgación del Ejecutivo.

Por Redacción2 min de lectura
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El proceso legislativo es el conjunto de etapas constitucionales por las que una iniciativa se convierte en ley o decreto federal en México: presentación, turno a comisiones, dictamen, discusión y votación en las dos cámaras del Congreso de la Unión, y promulgación y publicación por el Ejecutivo.

¿Quién puede presentar una iniciativa de ley?

Según el artículo 71 constitucional, el derecho de iniciar leyes o decretos corresponde al Presidente de la República, a los diputados y senadores del Congreso de la Unión, a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, y a los ciudadanos en un número equivalente a por lo menos el 0.13% de la lista nominal de electores.

Además, el Presidente puede señalar hasta dos iniciativas con carácter preferente al abrir cada periodo ordinario de sesiones, que deben dictaminarse en plazos breves. Las iniciativas de adición o reforma a la Constitución no pueden tener carácter preferente.

¿Cuáles son las etapas del proceso legislativo?

La iniciativa se presenta en la cámara de origen, que la turna a comisiones para su estudio. Las comisiones elaboran un dictamen que se somete al pleno para su discusión y votación. Si se aprueba, pasa como minuta a la cámara revisora o colegisladora, que repite el estudio, discusión y votación.

Aprobado por ambas cámaras sin cambios, el proyecto se envía al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación.

¿Qué pasa si el Presidente veta una ley?

El Ejecutivo tiene 30 días naturales para devolver el proyecto con observaciones, lo que se conoce como veto. El proyecto regresa a la cámara de origen y, para superar las observaciones, debe ser confirmado por las dos terceras partes de los votos en ambas cámaras. Si el Presidente no lo devuelve ni lo publica en los plazos previstos, opera la afirmativa ficta y el presidente de la cámara de origen ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

¿Dónde se publica una ley para que entre en vigor?

Una vez aprobada y promulgada, la ley o decreto se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), órgano oficial del Estado. La publicación es indispensable para que la norma sea obligatoria; cada ley señala la fecha en que entra en vigor, ya sea al día siguiente de su publicación o en la fecha que el propio texto indique.

Datos clave

  • Fundamento: artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Iniciativa ciudadana: requiere firmas de al menos el 0.13% de la lista nominal de electores (art. 71, fracción IV).
  • Iniciativas preferentes: el Presidente puede presentar hasta 2 por periodo ordinario de sesiones, con discusión y votación del pleno de la cámara de origen en un máximo de 30 días naturales; no aplica a reformas constitucionales.
  • Veto: el Ejecutivo tiene 30 días naturales para formular observaciones; superarlas exige dos terceras partes de los votos en cada cámara.
  • Promulgación: tras la aprobación, el Ejecutivo dispone de 10 días naturales para promulgar y publicar.
  • Publicación oficial: toda ley o decreto se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Fundamento: artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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