Ciudad de México. - El 7 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que establece criterios sobre la doble nacionalidad para quienes aspiren a ocupar la Presidencia, gubernaturas y la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, con vigencia a partir del proceso electoral de 2028.
El decreto modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución, especificando que para ser Presidenta o Presidente, es necesario ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, sin otra nacionalidad. Además, quienes detenten el cargo no podrán adquirir una nacionalidad distinta ni invocar derechos políticos ante autoridades extranjeras. La prohibición también abarca el uso de documentos de identidad extranjeros.
Asimismo, establece que se podrá ser gobernador o gobernadora solo si se es mexicano por nacimiento y se renuncia a cualquier otra nacionalidad antes de registrarse como candidato o candidata. Se exige ser nativo de la entidad o haber residido en ella al menos cinco años previos a los comicios, además de tener 30 años cumplidos al día de la elección.
Para la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, los requisitos son los mismos, enfatizando que se debe ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento sin derecho a adquirir otra nacionalidad.
El decreto entra en vigor el 8 de octubre, al día siguiente de su publicación oficial.
Con información de eluniversal.com.mx

