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Drones: límite de 250 gramos para volar sin registro en México

La normativa mexicana permite el uso de drones de hasta 250 gramos sin registro ni licencia, ampliando su acceso.

Por Juan Tovar1 min de lectura
La normativa mexicana facilita el uso de drones ligeros, promoviendo su acceso a más usuarios.
La normativa mexicana facilita el uso de drones ligeros, promoviendo su acceso a más usuarios.
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Ciudad de México. - La Norma Oficial Mexicana NOM-107-SCT3-2019 estipula que los drones, o RPAS, que pesen 250 gramos o menos pueden volar sin necesidad de registro o licencia. Este límite incluye el peso total al despegar, es decir, considera accesorios como batería, gimbal y cámara, por lo que el simple peso del aparato no es suficiente para determinar si requiere formalidades.

Entre las marcas que ofrecen modelos dentro de este límite se encuentra DJI, que cuenta con varias opciones como el DJI Mini y el DJI Neo. El DJI Mini 4K pesa menos de 249 gramos, ofrece estabilización de tres ejes y graba en 4K Ultra HD. Asimismo, el DJI Mini 3 promete hasta 38 minutos de vuelo y el DJI Flip, con un peso similar, graba a 60 fps en 4K.

Otras marcas también han desarrollado drones ligeros y competitivos. Por ejemplo, el HOVERAir X1 PROMAX, que pesa 193 gramos, captura video en 8K y ofrece aproximadamente 16 minutos de autonomía. El Potensic Atom 4K y el Holy Stone HS900 Pro son alternativas que también cumplen con el límite, ambos pesando 249 gramos y ofreciendo capacidades de grabación en 4K.

Esta normativa no solo promueve la seguridad, sino que también facilita el acceso a la tecnología de drones para principiantes y entusiastas. Con el aumento de opciones en el mercado, más personas pueden disfrutar de la fotografía, videografía y exploración aérea sin las exigencias administrativas que imponen los modelos más pesados.

Con información de expansion.mx

Nota redactada con asistencia de inteligencia artificial a partir de fuentes citadas. Responsabilidad editorial: Redacción de El Congresista. ¿Detectaste un error? Repórtalo.

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