Ciudad de México, CDMX. - La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) en relación con las denominadas “boletas planchadas”. Las boletas que carezcan de marcas de doblez no deberán contabilizarse en los procesos de votación, según esta decisión.
El tribunal argumentó que una "boleta planchada" limita la posibilidad de vincularla a un sufragio emitido. Resaltaron que cualquier boleta sin marcas de doblez impide garantizar la trazabilidad del voto, fundamental para la legitimidad del proceso electoral. La Sala Superior explicó que la secuencia de la emisión del voto incluye recibir, marcar y doblar la boleta antes de ser depositada en la urna.
"Una 'boleta planchada' impide vincular la boleta con un sufrago emitido", sentenció el tribunal por unanimidad. Esta determinación establece que tanto las mesas directivas de casilla, como los Consejos Distritales, serán responsables de evaluar la validez de estas boletas en recuentos parciales o totales.
El fallo subraya que cuando se acredite la existencia de boletas sin marcas de doblez, estas deberán ser separadas de las que sí cumplan con el procedimiento. El tribunal enfatizó que “la certeza en la contabilidad de las boletas electorales es la piedra angular de nuestro sistema electoral”.
Este dictamen no solo tiene implicaciones para el proceso electoral del 2026-2027, sino que también reafirma el compromiso de las autoridades con la transparencia y certeza en las votaciones.
Con información de eluniversal.com.mx

