Con una nueva reforma, circulacion en vehículos eléctricos como monopatines y bicicletas requerirá permisos y uso de casco, reforzando la seguridad vial. En la Ciudad de México, se ha oficializado una serie de cambios normativos que regulan el uso de vehículos eléctricos como scooters y bicicletas motorizadas. La actualización establece una clasificación para aquellos vehículos con dos o más ruedas que superen los 25 kilómetros por hora o tengan una potencia continua superior a 1 kilowatt, creando la categoría de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE). Estos vehículos se dividen en dos tipos según su peso: aquellos que pesan menos de 35 kilogramos y los que superan esa cifra, pero no alcanzan los 350 kilogramos. Uno de los cambios más relevantes es la obligatoriedad de obtener y portar una licencia de conducir específica para los usuarios de estos vehículos, así como la prohibición de circular por aceras, ciclovías y carriles exclusivos para transporte público. Las sanciones incluyen multas que oscilan entre 2,262 y 3,394 pesos, además de multas adicionales por no usar casco certificado u otros elementos de seguridad, con tarifas que van de 1,131 a 2,262 pesos. Este marco regulatorio responde a la creciente popularidad de los medios de transporte eléctricos en la capital, que presentan ventajas en términos de movilidad y reducción de emisiones. Sin embargo, también implica la necesidad de mantener orden y seguridad en las calles, donde la interacción con otros vehículos y peatones requiere una regulación estricta. La implementación de estas medidas refleja un esfuerzo por equilibrar innovación en movilidad y protección ciudadana. Desde el ámbito de la movilidad urbana, expertos resaltan que la regulación contribuirá a reducir accidentes y promoverá un uso responsable de los vehículos eléctricos, alineándose con las metas ambientales y de seguridad de la ciudad de México en los próximos años.
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