Chihuahua, Chihuahua. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional un apartado de la reforma electoral del estado que permitía sancionar automáticamente a partidos y candidatos beneficiados por la violencia delictiva. A pesar de ello, se mantiene la posibilidad de anular elecciones si se comprueba que la delincuencia ha alterado los resultados.
La decisión de la SCJN, aprobada el 30 de septiembre de 2026, exemptó a los candidatos de recibir sanciones por actos ilegales realizados por terceros. En su resolución, el tribunal indicó que nadie debe ser penalizado por acciones ajenas. No obstante, se conservarán las sanciones para quienes incurran directamente en violencia y otros ilícitos especificados en la reforma.
El fallo también ordena al Congreso de Chihuahua modificar su legislación, considerando la injerencia extranjera como causal de nulidad electoral y actualizar cuestiones de nepotismo. Estos cambios no se aplicarán en las elecciones de 2027, entrarán en vigor hasta 2030.
Adicionalmente, la SCJN rectificó límites impuestos al Instituto Estatal Electoral (IEE), permitiendo al organismo emitir directrices adicionales más allá de la ley, algo que organizaciones civiles habían criticado como un retroceso democrático. También se invalidaron restricciones a candidaturas para personas de la diversidad sexual y con discapacidad.
La gobernadora María Eugenia Campos Galván arremetió contra la decisión de la Corte, acusando a Morena de intentar desproteger las elecciones frente al narcotráfico. Campos argumentó que este fallo permite la entrada del crimen organizado en las campañas electorales y destacó que las consecuencias deben ser evaluadas de forma justa.
En cuanto a la situación actual, la Corte especificó que se mantendrán las sanciones proporcionales y la posibilidad de anular elecciones si se comprueban violaciones graves.
Con información de laverdadjuarez.com

