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Guanajuato

Congreso de Guanajuato aprueba reformas clave para la comunidad LGBT al cierre de 2025

El Congreso de Guanajuato aprobó reformas para penalizar crímenes de odio y garantizar el matrimonio igualitario, concluyendo el año legislativo 2025 con avances significativos para la comunidad LGBT+.

Por Redacción1 min de lectura
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Guanajuato, Gto. – El Congreso del Estado de Guanajuato concluyó el año legislativo 2025 con la aprobación de importantes reformas en materia de derechos para la comunidad LGBT+, incluyendo la penalización de crímenes de odio por orientación sexual e identidad de género y la consolidación del matrimonio igualitario. La sesión del 18 de diciembre de 2025 vio la publicación en el Periódico Oficial del Estado de las modificaciones al Código Penal, a través del decreto número 112, que adiciona el artículo 239b. Esta nueva normativa establece penas de dos a seis años de prisión y de veinte a sesenta días de multa para quienes obliguen a menores de edad o personas incapaces a someterse a tratamientos para “corregir” su orientación sexual, identidad o expresión de género. El delito se perseguirá de oficio. Las prácticas consideradas como agresiones incluyen violencia física, moral o psicoemocional, así como sesiones psicológicas o médicas que busquen menoscabar la expresión e identidad de las personas. En casos donde los agresores sean padres o tutores, la pena se reducirá a una multa y tratamiento psicoterapéutico, según determine el juez. Estas reformas son el resultado de un largo proceso legislativo que culminó con la aprobación de dictámenes en la segunda quincena de noviembre. Adicionalmente, en la sesión del 4 de diciembre, se garantizó el derecho al matrimonio igualitario tras votos divididos dentro del Partido Acción Nacional. El artículo 144 del Código Civil del Estado fue modificado para definir el matrimonio como "la unión libre de dos personas, que tiene como objeto realizar una comunidad de vida, en la que los cónyuges se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua", eliminando la anterior redacción que limitaba la unión a la "perpetuación de la especie" y refiriéndose a "personas cónyuges" en lugar de "marido y mujer".

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