Ciudad de México, CDMX. - El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) explicó que la credencial de esta organización no otorga el derecho a aguinaldo. Este beneficio se reserva únicamente para los adultos de 60 años o más que cuenten con un empleo formal, especialmente aquellos contratados mediante el Programa de Vinculación Productiva.
El aguinaldo es una prestación que corresponde a los trabajadores del sector privado y debe ser pagada por los empleadores. Los adultos mayores que logren un contrato a través del programa mencionado disfrutan de los mismos derechos laborales de cualquier otro empleado, incluyendo protección legal y prestaciones como el aguinaldo.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo mínimo es equivalente a 15 días de salario, con un plazo de pago que no debe sobrepasar el 20 de diciembre. Para 2026, el salario mínimo general es de 315.04 pesos por día, lo que significa que el aguinaldo mínimo asciende a 4,725.60 pesos. En la Zona Libre de la Frontera Norte, el monto puede llegar a 6,613.05 pesos debido a un salario diario de 440.87 pesos.
Los requisitos para participar en el Programa de Vinculación Productiva incluyen tener 60 años cumplidos, una credencial INAPAM vigente, identificación oficial con fotografía, CURP y comprobante de domicilio actual. El trámite es gratuito y se realiza en los módulos de INAPAM, donde el aspirante deberá llenar una Solicitud de Inclusión Social y asistir a una entrevista.
En resumen, el aguinaldo constituye un derecho fundamental de los trabajadores mayores que laboran formalmente, y su monto mínimo está establecido en la ley.
Con información de palcoquintanarroense.com.mx

