Esta modalidad permite que el vendedor conserve la propiedad del inmueble hasta que el comprador salde el monto pactado, garantizando seguridad jurídica. La compraventa con reserva de dominio es una figura legal que permite asegurar la protección de las partes en una transacción inmobiliaria a plazo. En ella, el vendedor mantiene la propiedad del bien hasta que el comprador cubre la totalidad del precio acordado, a diferencia de una compra en abonos convencional donde la transferencia se realiza en el momento de la firma. Además, se inscribe en el Registro Público de la Propiedad una anotación que señala la condición de reserva, otorgando publicidad y seguridad jurídica a la operación. Mientras el comprador cumple con sus pagos, puede tener derechos limitados sobre el inmueble, y si se le entrega la posesión, esta podría calificarse como de arrendatario. En caso de incumplimiento, la ley establece que las partes deben devolver las prestaciones recibidas, y el vendedor puede exigir intereses o renta por el uso del inmueble. La normativa también contempla cláusulas que protegen, tanto al vendedor como al comprador, en eventuales rescisiones del contrato, garantizando la restitución de cantidades y la protección frente a deterioros. Este mecanismo es especialmente relevante en un contexto donde la adquisición de bienes raíces en pagos parciales busca mayor seguridad jurídica y transparencia, y su adecuada formalización puede evitar conflictos futuros. La opción de formalizar esta compraventa a través de un notario garantiza la protección del patrimonio y la claridad en la transacción, un aspecto vital en operaciones inmobiliarias. La tendencia actual en el mercado inmobiliario refleja la importancia de contar con mecanismos que promuevan mayor seguridad para ambos involucrados, haciendo del proceso de compra en abonos una alternativa confiable y regulada.
