El proceso de designación de un nuevo fiscal general de la República se inicia tras la renuncia de Alejandro Gertz Manero, con procedimientos establecidos en la Constitución y la ley. La dimisión de Alejandro Gertz Manero como fiscal general de la República activa de inmediato el procedimiento legal previsto en la Constitución mexicana para su reemplazo. Según el artículo 102, en caso de ausencia definitiva de quien ocupa el cargo, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 20 días para integrar una lista de al menos diez candidatos, la cual debe ser aprobada por mayoría calificada y enviada al Ejecutivo federal. Si en ese lapso no se cumple, el presidente puede nombrar de manera provisional a un fiscal mediante una terna enviada por el Ejecutivo, que ejerce funciones hasta que se complete el proceso de selección. Posteriormente, el presidente tiene 10 días para enviar una terna al Senado, el cual debe elegir a la nueva autoridad en un plazo igual, contando con la aprobación de dos tercios de sus legisladores. La Ley de la Fiscalía General de la República detalla las responsabilidades del cargo, entre ellas dirigir la política de investigación, coordinar unidades administrativas y presentar informes públicos. La vacancia en el cargo destaca la relevancia de tener un liderazgo establecido en la lucha contra delitos federales y la protección de derechos humanos en el país.
