Aunque se conmemora la Revolución Mexicana, este año el 20 de noviembre no genera pagos adicionales, pues no es día de descanso obligatorio según la ley. La celebración de la Revolución Mexicana el 20 de noviembre no implica necesariamente un día de descanso oficial en 2025. La ley mexicana establece cuáles fechas son consideradas días de descanso obligatorio y, en este caso, la conmemoración se realiza el tercer lunes de noviembre, que en 2025 corresponde al 17 de noviembre. Como resultado, trabajar en el 20 de noviembre no otorga derechos de pago doble o triple, ya que la ley especifica que solo los días señalados en el calendario oficial generan estos beneficios. La legislación laboral mexicana, en su artículo 74, contempla un listado de días de descanso, entre ellos el 1 de enero, Día de la Constitución, y el 16 de septiembre. La omisión del 20 de noviembre en esta lista mantiene su carácter laboral habitual, aunque la relevancia histórica de la fecha sigue siendo significativa en la memoria nacional. Es importante que empleadores y trabajadores tengan claridad sobre estos aspectos para evitar malentendidos respecto a las compensaciones laborales en días conmemorativos.
