La Secretaría de Economía no puede cancelar aranceles ni exigir ID comercial; Profeco analiza violaciones en pinturas con plomo La Secretaría de Economía afirmó que no tiene la facultad de eliminar el arancel cero vigente para las importaciones de aerosoles chinos de pintura ni de solicitarles un número de identificación comercial para que paguen impuestos correspondientes. Por su parte, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió un estudio piloto que presenta evidencias de incumplimientos a las normativas, específicamente en relación con el uso de plomo que perjudica la salud, así como contenido deficiente en algunos productos. Flor de María González Mariblanca, directora general de la Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas (Anafapyt), explicó que las autoridades le indicaron que no pueden actuar como juez y parte en este asunto, y que además le entregaron otros documentos en los que se basa esa decisión. Sin embargo, aseguró que seguirán insistiendo en la revisión y regulación de estos temas. Los fabricantes en el sector cumplen con todas las normativas establecidas por las diferentes dependencias, incluyendo Economía, Semarnat, Salud, Trabajo, Energía, Infraestructura y Comunicaciones. Como exportadores, con ventas que superan los 184 millones de dólares anuales, también cumplen con las regulaciones de Estados Unidos y Europa, que establecen un límite máximo de 90 partes de plomo por millón. Sin embargo, en México, la regulación actual permite una concentración de hasta 200 partes de plomo por millón, una diferencia significativa en la protección de la salud pública. Desde hace años, los industriales buscan reducir ese límite. La norma 123 de Semarnat, que regula los compuestos orgánicos volátiles en pinturas, tiene ya un anteproyecto que representa uno de los pasos más complejos para lograr la regulación. La meta es aprobarla para establecer un límite de 90 partes por millón de plomo en los productos. Durante el sexenio anterior, e
