Aunque el 1 y 2 de noviembre no son días oficiales de descanso, la tradición del Día de Muertos sigue vigente en México y afecta prácticas laborales en distintas empresas. En México, el Día de Muertos, celebrado el 1 y 2 de noviembre, es una tradición cultural muy arraigada, pero estos días no están considerados como feriados oficiales según la legislación laboral vigente. La Ley Federal del Trabajo establece que los días de descanso obligatorio incluyen fechas como el 1 de enero, 1 de mayo, 16 de septiembre y el conmemorativo del tercer lunes de noviembre por la Revolución Mexicana. Por lo tanto, trabajar en estos días no genera automáticamente el pago doble o triple. Las empresas tienen la facultad de conceder días libres por tradición o por acuerdo interno, pero esto no es una obligación legal. Quienes trabajan en días que no son considerados feriados normalmente reciben su salario habitual, salvo acuerdos contrarios. En contraste, en días que sí son feriados oficiales, si un empleado trabaja, tiene derecho a recibir su salario normal más el doble, e incluso triple si coincide con su día de descanso habitual, además de primas dominicales en caso de caer en domingo. Es importante que los trabajadores consulten las condiciones específicas en sus contratos colectivos o políticas internas y sepan que, ante cualquier incumplimiento, pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita. La celebración del Día de Muertos, pese a no ser feriado oficial, mantiene su relevancia cultural en todo el país y sigue formando parte del patrimonio simbólico de México.
