El régimen fiscal para pequeños contribuyentes en México exime de presentar declaración anual, aunque existen casos específicos que sí deben cumplir con esta obligación. El Régimen de Incorporación Fiscal Simplificado (Resico) en México facilita la carga tributaria para pequeños contribuyentes al eliminar la obligación de presentar declaración anual, concentrándose únicamente en declaraciones mensuales de ingresos y pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Valor Agregado (IVA). Este cambio, vigente para el ejercicio fiscal 2025, responde a una política que busca simplificar el cumplimiento fiscal para los pequeños negocios. Sin embargo, esta exención no es absoluta. Los contribuyentes en Resico que realicen actividades en copropiedad, como arrendamientos compartidos o actividades empresariales en sociedades, deben presentar declaración anual en abril, como el resto de las personas físicas. Además, aquellos dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras con ingresos no superiores a 900,000 pesos anuales y que emitan sus comprobantes fiscales digitales, están exentos tanto de declaraciones mensuales como anuales, salvo que superen ese límite. Desde 2026, las empresas y personas morales, incluyendo aquellas en proceso de liquidación y sin fines de lucro, estarán obligadas a presentar la declaración anual, con plazos que varían según su régimen. La autoridad fiscal también ha puesto a disposición un simulador digital que permite a los contribuyentes visualizar su información y facilitar el proceso de rendición de cuentas, mejorando la transparencia y la preparación ante la obligatoriedad. Este marco regulatorio refleja una tendencia hacia la simplificación del cumplimiento fiscal para los pequeños contribuyentes, aunque mantiene ciertos requisitos para actividades específicas o de mayor escala, resaltando la importancia de la planificación tributaria. La actualización en los plazos y herramientas disponibles busca r
