El Congresista
Nacional

Sanción a asambleístas por comportamiento inadecuado

El CAL sanciona a asambleístas Cuero y González por faltas graves, resaltando la importancia del respeto en el ámbito legislativo.

Por Redacción1 min de lectura
El Consejo de Administración Legislativa sanciona a Roberto Cuero y Ronal González por faltas graves.
El Consejo de Administración Legislativa sanciona a Roberto Cuero y Ronal González por faltas graves.
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{ "@context": "https://schema.org", "@type": "NewsArticle", "headline": "Sanción a asambleístas por comportamiento inadecuado", "description": "El CAL sanciona a asambleístas Cuero y González por faltas graves, resaltando la importancia del respeto en el ámbito legislativo.", "datePublished": "2026-02-24T00:00:23.079148", "dateModified": "2026-02-24T00:00:23.079165", "author": { "@type": "Organization", "name": "Redacción" } } La Paz, Bolivia. – El Consejo de Administración Legislativa (CAL) decidió imponer una suspensión de 30 días sin remuneración al asambleísta Roberto Cuero. Esta medida se tomó debido a que Cuero incurrió en una falta grave al hacer declaraciones ofensivas hacia Sergio Peña en medio de un conflicto relacionado con las Fuerzas Armadas. Niels Olsen, presidente de la Asamblea, expresó su rechazo a la agresión y la intimidación en el ámbito político a través de su cuenta en la red social X. Olsen subrayó que los funcionarios deben respetar el marco institucional y que nadie está por encima de la ley, resaltando la importancia de un entorno legislativo que fomente el respeto mutuo. La reflexión de Olsen resuena en un contexto nacional marcado por la violencia. La sociedad civil y los representantes políticos deben trabajar en conjunto para abandonar la descalificación y la ofensa, generando un ambiente propicio para la convivencia pacífica. El énfasis debe ser en rechazar cualquier forma de amedrentamiento por parte de los funcionarios públicos. Cuero no es el único asambleísta sancionado. Ronal González recibió una suspensión de 31 días también por cometer una falta administrativa grave, según el boletín informativo del CAL. Ambas sanciones se enmarcan en el artículo 170 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que establece disposiciones claras sobre el comportamiento de los asambleístas y la aplicación de normas legales. Este asunto pone de manifiesto la necesidad de que todos los funcionarios del Estado, independientemente de sus aficiones p

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