El Servicio de Administración Tributaria no contempla suspensiones de actividades durante las fiestas, garantizando servicios digitales para los contribuyentes en esas fechas. Durante el cierre de año, ciudadanos y comerciantes han expresado incertidumbre sobre posibles interrupciones en los servicios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en diciembre de 2025 y enero de 2026. Sin embargo, tras revisar los comunicados oficiales, no se han detectado anuncios de suspensión general ni de días inhábiles adicionales a los establecidos por ley. La dependencia, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mantiene activa su red de 164 oficinas en todo el país, aunque cualquier cambio temporal será comunicado oficialmente a través del Diario Oficial de la Federación y canales digitales. Es importante destacar que los días 25 de diciembre de 2025 y 1 de enero de 2026 son días de descanso obligatorio, conforme a la Ley Federal del Trabajo. En estos días, los empleados del SAT disfrutan de descanso oficial, aunque si trabajan, tienen derecho a recibir remuneración adicional. El horario habitual de atención presencial para el resto del período continúa siendo de lunes a jueves de 9:00 a 16:00 horas y los viernes de 8:30 a 15:00 horas. Para facilitar la continuidad de trámites, el SAT dispone de múltiples plataformas digitales, including el portal oficial y la aplicación SAT Móvil, que permiten gestionar desde la descarga de la Constancia de Situación Fiscal hasta la presentación de declaraciones, gestión de la e.firma y consulta de notificaciones. Este acceso online asegura que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones sin depender de la atención presencial durante estas fechas. Este panorama refrenda que, pese a las festividades de fin de año, el sistema fiscal mexicano continúa ofreciendo alternativas para realizar trámites de manera segura y eficiente, contribuyendo a la continuidad de las obligaciones fiscales sin interrupciones oficiales.
