La Suprema Corte actualiza criterios de protección para asegurar la seguridad de las víctimas ante el riesgo real. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que la protección a víctimas de delitos debe basarse en la evaluación del riesgo real, no en plazos fijos de 90 días. En su reciente pronunciamiento, el tribunal determinó que las medidas de protección se mantendrán vigentes mientras persista el riesgo o no se garantice la reparación del daño. Esto busca prevenir que la vulnerabilidad de las víctimas se agrave por el paso del tiempo. La SCJN enfatizó que cada caso debe ser analizado de manera particular, asegurando así un enfoque más humano en la aplicación de la ley.
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