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La Suprema Corte analiza si puede revisar fallos de órganos desaparecidos

La Corte analiza si puede revisar sentencias emitidas por órganos judiciales que dejaron de existir tras la reforma del sistema judicial en México.

Por Redacción2 min de lectura
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La decisión podría definir la facultad del tribunal para revisar sentencias emitidas por Salas que fueron suprimidas en la reforma judicial reciente, impactando la estabilidad jurídica en México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encuentra en un proceso de consulta interna para determinar si su Pleno puede revisar o cancelar decisiones judiciales emitidas por las Salas que ya no existen tras la reciente reforma en la estructura del Poder Judicial mexicano. Esta discusión surge en un contexto donde las Salas tradicionales, integradas por cinco ministros, fueron sustituidas por un modelo de Pleno único, buscando mayor eficiencia y coherencia en la justicia nacional. El debate se centra en si las resoluciones previas, correspondientes a órganos disueltos, continúan siendo vinculantes y si es legítimo que el órgano máximo del país pueda revisarlas bajo el nuevo esquema constitucional. La discusión cobra mayor relevancia al recordar que la Corte ha tomado decisiones en casos complejos que, en el pasado, habrían sido competencia exclusiva de tribunales colegiados, como ocurrió en un emblemático caso relacionado con una condena y su posterior revisión. Uno de los casos que ha motivado esta reflexión es el vinculado con la implicación de Juana Hilda González en un delito de secuestro y homicidio. La Primera Sala ordenó su liberación tras una resolución de amparo que fue atraída por la Corte, decisión que ahora podría ser objeto de revisión por el Pleno si se aprueba la facultad para ello. La propuesta de revisar estos fallos ha sido presentada a la ministra Lenia Batres, quien elaborará un proyecto para llevar la decisión al pleno. Desde la entrada en vigor de la reforma judicial, la Corte opera con un Pleno consolidado y ha atrajo 134 casos en los últimos años en materias penal, civil, fiscal y laboral. La resolución que se adopte en este proceso podría marcar un punto de inflexión en la interpretación del alcance del máximo tribunal, reforzando o limitan

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