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Se suspende temporalmente la reforma al artículo 29 del Infonavit

Una suspensión provisional bloquea temporalmente la aplicación de la reforma al artículo 29 del Infonavit, en medio de controversias jurídicas sobre derechos laborales y patronales.

Por Redacción2 min de lectura
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La implementación de cambios en la ley de vivienda enfrenta suspensión provisional tras controversias jurídicas que afectan a patrones y trabajadores. Una resolución provisional ha frenado la aplicación de la reciente modificación al artículo 29, penúltimo párrafo, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025, establecía que los patrones debían retener y pagar los créditos de vivienda de sus empleados, incluso en casos de ausencia o incapacidad, conforme a la ley laboral. Sin embargo, diversos actores jurídicos argumentaron que esta disposición podría conllevar cargas adicionales para las empresas, además de contravenir ciertos principios constitucionales. Este acto jurídico de suspensión provisional responde a las controversias generadas en tribunales federales, que muestran posturas encontradas respecto a la medida. La Suprema Corte de Justicia de la Nación intervino al analizar la contradicción de criterios y fijar un criterio uniforme: la suspensión procede en tanto se evalúe si la obligación impuesta excede las responsabilidades patronales legítimas y si la normativa respeta los derechos de los patrones y la seguridad social. Aunque la suspensión no implica su validez definitiva, evidencia la posible afectación patrimonial sin justificación clara. Es relevante agregar que, además de analizar la constitucionalidad de la reforma, el caso evidencia la tensión entre la protección de derechos laborales y el mantenimiento de la viabilidad financiera de las empresas. La interpretación de la ley debe garantizar un equilibrio que no afecte de forma desproporcionada a los patrones, sin descuidar los derechos de los trabajadores. La resolución definitiva en los tribunales determinará si la modificación puede implementarse sin causar impactos económicos o jurídicos severos. Mientras tanto, la suspensión deja en pausa los efectos inmediatos de

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