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Trabajar en Navidad y Año Nuevo: Conoce tus derechos laborales en México

La Dirección del Trabajo y Previsión Social en Sinaloa recuerda los derechos laborales y el pago doble para quienes trabajen el 25 de diciembre y 1 de enero de 2026, con el nuevo salario mínimo incluido.

Por Redacción1 min de lectura
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Trabajar el 25 de diciembre y 1 de enero: Conoce el pago doble y tus derechos laborales LOS MOCHIS, SINALOA. – La Dirección del Trabajo y Previsión Social en la zona norte de Sinaloa recordó a empleadores y trabajadores que el 25 de diciembre y el 1 de enero son días de descanso obligatorio, según la Ley Federal del Trabajo, por lo que deben ser respetados como un derecho laboral. Aarón Armenta Moroyoqui, delegado de la Dirección del Trabajo y Previsión Social, enfatizó que si por la naturaleza de la empresa es necesario que un trabajador labore en estas fechas, el patrón está obligado a pagar el salario diario más el doble. Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario diario de 300 pesos, deberá recibir un total de 900 pesos por trabajar el 25 de diciembre: sus 300 pesos de salario más 600 pesos adicionales por ser día festivo laborado. Además, se recordó que a partir del 1 de enero de 2026 entrará en vigor un incremento al salario mínimo por decreto presidencial, estableciéndose en 315.04 pesos diarios. Esto significa que para el 1 de enero de 2026, un trabajador con el salario mínimo vigente estaría recibiendo 315.04 pesos de salario diario, más el doble (630.08 pesos) por laborar en día festivo, sumando un total de 945.12 pesos por ese día. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo retomará actividades el 5 de enero para atender cualquier inconformidad o duda sobre estos pagos. Inicialmente, se buscará el cumplimiento directo del derecho laboral por parte de la empresa. En caso de que la irregularidad persista, se procederá a una inspección extraordinaria, ya que se presume que si un trabajador está en esta situación, es probable que el resto de la plantilla laboral se encuentre en las mismas circunstancias.

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