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SAT retrasa multas por Buzón Tributario hasta 2027

El SAT extiende hasta 2027 la fecha límite para multar a contribuyentes por no activar su Buzón Tributario, ofreciendo un respiro ante la adopción de esta herramienta fiscal.

Por Redacción1 min de lectura
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Ciudad de México, Ciudad de México. – El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado una extensión del plazo para la aplicación de sanciones económicas a contribuyentes que aún no han activado su Buzón Tributario. La entrada en vigor de estas multas, que originalmente estaba programada para el 1 de enero de 2026 y contemplaba sanciones de entre 3 mil y 11 mil pesos, ha sido pospuesta hasta 2027. Este aplazamiento, establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, otorga un respiro adicional a aquellos que aún no han completado el proceso de registro y activación de esta herramienta de comunicación fiscal. La decisión del SAT sugiere que un número significativo de contribuyentes aún no ha adoptado plenamente el Buzón Tributario. La habilitación del Buzón Tributario requiere no solo la vinculación de un correo electrónico, sino también un número de teléfono celular para la recepción de contraseñas de autenticación. Un buzón se considera inactivo si estos datos no están correctamente registrados o vinculados. Adicionalmente, la herramienta incluye funciones de geolocalización para verificar la actividad real de los contribuyentes y prevenir la constitución de empresas fantasma. Como parte de las estrategias para combatir la evasión fiscal y el uso de facturas falsas, el SAT implementará auditorías exprés dirigidas a empresas de reciente creación o aquellas que presenten discrepancias entre su actividad declarada y sus operaciones. El objetivo es identificar y sancionar la emisión de comprobantes fiscales sin operaciones subyacentes. La estrategia incluye la suspensión inmediata de la facturación para empresas bajo sospecha de emitir facturas falsas, seguida de visitas domiciliarias para recabar evidencia. Los contribuyentes tienen un plazo para presentar pruebas y desvirtuar las sospechas. De no lograrlo, las facturas se declararán sin efectos fiscales y los datos del contribuyente se publicarán en los portales oficiales del SAT.

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